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Inmigración

Abogada en Richmond para inmigración basada en el empleo

Determine su elegibilidad con nuestra abogada de inmigración

Algunos visados pueden obtenerse cuando el individuo desea inmigrar a los Estados Unidos por motivos de trabajo. Este particular tipo de visado se subdivide en categorías basadas en el tipo de trabajo que desempeñará en el país. Algunas veces, estos visados pueden ser a largo plazo, otras veces, se otorgan para periodos cortos de tiempo. Sus circunstancias específicas determinarán su elegibilidad para obtener un visado de inmigración por empleo. En Avalos & Associates, P.C. podemos guiarle paso a paso para aumentar sus posibilidades de inmigrar exitosamente a los Estados Unidos.

Obtenga asesoramiento legal por parte de nuestra abogada de inmigración en Richmond poniéndose en contacto con nosotros ahora miso.

Abogada de visados de inmigración en Richmond para peticiones temporales

Bajo algunas circunstancias, usted puede optar a un visado de trabajo temporal. Pero aunque su trabajo sea temporal, usted necesita que su empleador le patrocine para poder obtener el visado. Además de guiarle en el proceso de solicitud de visados, también podemos asesorarle e informarle sobre cómo obtener visados para su esposo/a e hijos mientras usted trabaja en los Estados Unidos.

Le ayudamos con todos los aspectos de los visados basados en empleo temporal, incluyendo:

  • CW-1: CNMI - Solo Trabajador Transicional
  • E-1 Comerciantes en Inversores
  • E-2 Inversores CNMI
  • E-2 Inversionistas por Tratado
  • E-3 Ciertas Profesiones Especializadas de Australia
  • H-1B Profesiones Especializadas y Modelos
  • H-1C Enfermeras Registradas
  • H-2A Agricultores
  • H-2B Trabajadores No-Agricultores
  • H-3 Aprendices No Inmigrantes
  • I Representantes de Medios de Comunicación Extranjeros
  • L-1A Cesión dentro de la Compañía de Ejecutivos y Gerentes
  • L-1B Cesión dentro de la Compañía por Conocimiento Especializado
  • O-1 Individuos de Habilidad o Logros Extraordinarios
  • P-1A Atletas Reconocidos Internacionalmente
  • P-1B Miembros de Grupos de Entretenimiento Reconocidos Internacionalmente
  • P-2 Intérprete o Grupo Actuando bajo Intercambio Recíproco
  • P-3 Artista o Animador Parte de un Programa Cultura Único
  • Q Intercambio Cultural
  • R-1 Trabajadores Religiosos Temporales
  • Profesionales de TN NAFTA

Categorías de inmigración basada en empleo permanente

Puede que usted sea elegible para recibir un visado de empleo permanente si su trabajo cumple con una de las cinco “Categorías de Preferencia para Visados de Trabajo Permanente” designadas por el Departamento de Trabajo de EE.UU.

Estas cinco categorías son:

  • Primera Preferencia (personas de habilidad extraordinaria)
  • Segunda Preferencia (personas con títulos superiores)
  • Tercera Preferencia (profesionales y trabajadores cualificados)
  • Cuarta Preferencia (circunstancias “especiales”, incluyendo trabajadores religiosos)
  • Quinta Preferencia (inversionistas).

Nuestra abogada de inmigración puede guiarle paso a paso para completar la petición necesaria y aconsejarle acerca de si necesita que un empleador le patrocine y sobre sus obligaciones tributarias como trabajador permanente en los Estados Unidos.

Solicite una consulta hoy mismo llamando a nuestra abogada de inmigración en Richmond al (832) 462-7530.

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